sábado, 3 de mayo de 2014

Educacion Especial segun la Ley General de la Educacion



 Ley General de la educación

              Capitulo IV del proceso educativo

    Articulo 41:
   La educación especial esta definida y destinada a individuos con discapacidades transitorias o definitivas ,      así como aquellos con aptitudes sobresalientes.
  Atenderá a los educandos de manera adecuada sus propias condiciones, con equidad social.
  tratándose de menores de edad , con discapacidades, esta educación incluye orientación a los padres o         tutores , así como también los maestros y personal de las escuelas de educación básica regular que integren   a alumnos con necesidades especiales de educación.

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